Escolarización             

 

Trabajo infantil:
Utilización, principalmente con fines económicos, de menores de edad por parte de adultos. Esta actividad forzada afecta al desarrollo personal y emocional de los menores y obstaculiza el disfrute de sus derechos. El término explotación infantil, con mayor carga negativa, se emplea con menor frecuencia en los textos. En 1959 la ONU, por iniciativa de UNICEF, aprobó la Declaración de los Derechos del Niño. A pesar de que es un problema que afecta a una gran cantidad de niños, en los primeros años del siglo XXI se ha conseguido una considerable reducción. La OIT impulsa la adhesión a convenios cada vez más restrictivos. Emplea el método de identificar y clasificar las peores formas de trabajo infantil para concentrar acciones que consigan su erradicación. Perviven culturas que consideran aceptables las prácticas de la venta de niños, la condición de siervo, el trabajo forzoso. Muchos lugares de trabajo obligan a ejercer tareas en condiciones ilícitas, muy duras en términos de fuerza y duración, o peligrosas para la salud.

Datos OIT 2014:
-El número global de niños en situación de trabajo infantil a disminuido de un tercio desde el año 2000, pasando de 246 millones a 168 millones. De los cuales más de la mitad, es decir 85 millones efectúan trabajos peligrosos (contra 171 millones en el año 2000). -La región de Asia y el Pacífico continúa registrando el número más alto de niños (casi 78 millones o 9,3% de la población infantil), pero el África Sub-sahariana continúa siendo la región con la más alta incidencia de trabajo infantil (59 millones, más del 21%). -En América Latina y el Caribe, existen 13 millones (8,8%) de niños en situación de trabajo infantil, mientras que en la región del Medio Oriente y África del Norte hay 9,2 millones (8,4%). -La agricultura continúa siendo de lejos el sector con el mayor número de niños en situación de trabajo infantil (98 millones, o 59%), pero el número de niños en los servicios (54 millones) y la industria (12 millones) no es insignificante – la mayoría se encuentra principalmente en la economía informal. -Se registró una disminución del 40% del trabajo infantil en las niñas desde el año 2000, mientras que en los niños la disminución es del 25%.

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Erradicación:
Su erradicación tiene para la OIT una prioridad urgente y muy importante ya que durante siglos el trabajo infantil fue aceptado y era legal mientras que actualmente, ésta y otras prioridades forman parte de la Declaración de los Derechos del Niño. En 1992, la OIT creó el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil para combatir el trabajo de los niño, y en 2014 el fundador del Centro Internacional sobre trabajo infantil y educación, Kailash Satyarthi fue galardonado con el Premio Nóbel de la Paz por su lucha contra la explotación infantil en la India. Si bien el gráfico indica un menor número en América Latina, lo cierto es que las condiciones de trabajo en muchos casos son de peligro, debiéndose reglamentar los trabajos peligrosos para evitar el trabajo de niños y adolescentes. A la fecha en el Perú existe la propuesta de erradicación del trabajo infantil desde el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ninguna otra cubre esta problemática. Entre 1992 al 2012 existió la propuesta Educadores de Calle de atención en calle, desactivada y reemplazada.

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Protección de menores:
Los padres que promueven activamente el trabajo infantil con frecuencia conforman hogares en los que están presentes algunos factores del maltrato, como puede ser un modelo autoritario en el que se entiende al respeto en una sola dirección, el tratamiento de los hijos como propiedad privada, una notable verticalidad y rigidez en la estructura familiar y el uso de castigos físicos como método educativo. A partir de 1980 diversas legislaciones estatales de EE.UU. establecieron que un menor es víctima de maltrato o negligencia cuando sufre un daño o perjuicio, o se encuentra en riesgo de sufrir daño o perjuicio en su salud física, mental emocional, o en su bienestar, por las acciones y omisiones no accidentales de sus padres o de otras personas o instituciones responsables de su cuidado. Estos ordenamientos fueron dando forma a la política pública de protección a menores.

Medidas de protección a través de la ONU:
A partir de 1975, con ocasión del Año Internacional del Niño, se comenzó a discutir una nueva declaración de derechos fundada en nuevos principios. En 1989 se firmó en la ONU la Convención sobre los Derechos del Niño y dos protocolos facultativos que la desarrollan, actualizados en 2000: 1) Proporcionar a la infancia protección jurídica contra las peores formas de explotación. 2) Utilizar los protocolos facultativos para aumentar los instrumentos de derechos humanos. A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, 193 países han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales. Entre los Derechos del niño destacan los cuatro principios fundamentales: La no discriminación: todos los niños tienen los mismos derechos. El interés superior del niño: cualquier decisión, ley, o política que pueda afectar a la infancia tiene que tener en cuenta qué es lo mejor para el niño. El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo: todos los niños tienen derecho a vivir y a tener un desarrollo adecuado. La participación: los menores de edad tienen derecho a ser consultados sobre las situaciones que les afecten y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta. La Convención sobre los derechos del Niño fija estándares precedentes a los derechos del niño y estos han sido ratificados por todos los países menos los Estados Unidos y Somalía. La inestabilidad de Somalía a firmar la Convención es un atributo de su falta de estructura gubernamental. La administración de George W. Bush se opuso a ratificar la Convención y las condiciones legales porque "crean conflicto con las políticas de EE.UU. en el rol de los padres, soberanía, estado y leyes locales". La siguiente administración se esforzó por revertir esta oposición a la ratificación. (TFODE)


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