Discriminación             

 

Discriminación:
Forma de violencia pasiva que puede derivar en intimidación o agresión física. Asigna un trato diferencial o inferior en cuanto a reconocimiento de derechos y consideración social de personas, organizaciones y estados. La diferencia es establecida por el color de piel, etnia, sexo, edad, cultura, orientación política, religión o ideología. Los individuos que discriminan tienen una visión distorsionada de la esencia del hombre y se atribuyen a sí mismos características o virtudes que los ubican un escalón más arriba que ciertos grupos. Desde esa posición superior pueden juzgar al resto de los individuos por cualidades secundarias que no conforman la esencia de las personas. Este rechazo puede manifestarse con miradas odiosas o con la falta de aceptación en lugares públicos, trabajos o escuelas. Prejuicios sobre determinadas comunidades hacen que los individuos que pertenecen a estas sean prejuzgados antes de ser conocidos. Son generalizados y rechazados. La intolerancia, el rechazo y la ignorancia en la mayoría de los casos son determinantes para el nacimiento de conductas discriminatorias. Las creencias populares pueden convertirse en propulsoras de odios. Los judíos son avaros, los gitanos ladrones, los coreanos sucios, el que tiene tez trigueña es cabecita, los bolivianos son inmigrantes ilegales. Los individuos que son afectados por estas clasificaciones no son valorados por sus virtudes sino por características secundarias que no determinan sus cualidades como ser humano.

Minorías:
Los afectados en la mayoría de los casos son los individuos pertenecientes a minorías, pequeños grupos dentro de una sociedad. El rechazo puede llegar a afectar a colectivos formados por una gran cantidad de individuos. Algunos acontecimientos del pasado perduran en el tiempo afectando al trato que reciben algunos individuos. En su acepción coloquial el término discriminación se refiere al acto de hacer una distinción o segregación que atenta contra la igualdad. Normalmente se utiliza para referirse a la violación de la Ley de igual libertad y la igualdad de derechos para los derechos individuales de los individuos por cuestión social, edad, racial, religiosa, política, orientación sexual o por razón de género. Para Vonfack en 1998 (citado en Becerra, S., Tapia, C. y Barría, C. y Orrego, C.) existen tres procesos claves que explican las relaciones de rechazo en las relaciones interpersonales entre sujetos de distintos grupos: los Estereotipos, el Prejuicio y la discriminación. La identidad social que es entendida como un constructor que discurre en esferas sociales, cognitivas y motivacionales (González, 2005) y que es definida por Tajfel y Turner (Smith, 2002) como «parte del autoconcepto que se deriva de la particular relación con ciertas categorías o grupos sociales», hace que el individuo se sienta identificado con el grupo de pertenencia mientras que se aleja de los grupos que los rodean y con los cuales no existe ninguna identificación, lo cual da lugar a fenómenos de inclusión y exclusión.

Sin techo Sin techo Sin techo Sin techo

Una de las principales fuentes de la desigualdad es la discriminación. Según Cesar Rodríguez, en su texto titulado Derecho a la igualdad, "los ingresos, la clase social y la raza, factores tales como el género, el origen étnico, la nacionalidad, la afiliación religiosa o la ideología política" dan lugar a las formas de discriminación. En Filosofía Moral se ha definido la discriminación como un trato o consideración desventajoso. Esta definición es comparativa. Una persona no tiene que ser dañada de hecho para ser discriminada. Simplemente tiene que ser tratada peor que otros por razones arbitrarias. Existieron ciertos grupos minoritarios que no están efectivamente incorporados en la sociedad. Estos grupos están discriminando y se encuentran en una posición de «subordinación perpetua» (expresión tomada de Derecho y grupos desaventajados de Gargarella), lo cual se ve reflejado en la economía (clases menos favorecidas), en la política (estos grupos no tienen representación política) y en la vida social. Este tipo de discriminación es la más evidente, pues es la que se ve en el día a día; por ejemplo, la violencia física racial entre pandillas que se da en los Estados Unidos o en Europa. Uno de los mejores ejemplos de discriminación fue y sigue siendo, pese a muchos avances, el de la comunidad de raza negra (racismo) en los Estados Unidos. A través de la historia, esta comunidad ha estado sometida a una constante exclusión/discriminación por parte de algunas partes de la sociedad. Un ejemplo de esto fue la imposibilidad que en el pasado tuvieron de acceder a la educación superior. El derecho (sistema judicial) ha sido utilizado como elemento de control por parte de los grupos predominantes, con objeto de mantener el statu quo. La discriminación ha sido una de las principales fuentes de desigualdad, debido a que, como ciertos grupos están marginados de las decisiones, se les priva de ciertos derechos fundamentales, tales como la salud, la seguridad social y la educación, entre otros muchos.

Idiomas:
Según el Islas (2005) el lenguaje juega un papel muy importante en la discriminación, ya que este no sólo son las palabras sino también las emociones, afectos, preferencias, decisiones, etc. A través del lenguaje aprendemos a discriminar ya que «aprendemos a nombrar a las cosas y a las personas a partir de nuestro entorno; al mismo tiempo, integramos prejuicios, matices despectivos, atribuciones arbitrarias». En las diferentes lenguas abundan términos que son utilizados con connotaciones racistas, clasistas o nacionalistas. También se utilizan las palabras para crear y mantener estereotipos. Existen muchas frases que expresan discriminación a las que estamos tan acostumbrados que no nos damos cuenta. Por todo esto, podemos decir que el lenguaje es una forma de discriminación y que hace que estas actitudes se vayan permeando por la sociedad que utiliza el lenguaje. Sin embargo, se han hecho esfuerzos para parar la discriminación y asegurarle a estos grupos el respeto a sus derechos a través del mismo ejercicio del derecho. Un ejemplo de esto fueron las reformas jurídicas de la década de los 70, en las que se operó de forma tal que sirvieran de «obstáculos contra la discriminación» (expresión tomada del libro Emancipación social y violencia en Colombia, escrito por Rodrigo Uprimny y Mauricio García Villegas). En el caso colombiano podemos ver cómo la Corte Constitucional ha tenido un papel protagónico a través de sus decisiones, permitiendo que algunos de los grupos antes discriminados obtengan ahora representación y el respeto de sus derechos fundamentales (ejemplos de esto son los indígenas, los sindicatos y los homosexuales, entre otros muchos). Otras personas que pueden también ser objeto de discriminación son las que poseen necesidades especiales, caso de quienes poseen condiciones como síndrome de Down, retraso mental, parálisis cerebral, autismo, síndrome de Asperger, etc. En estos casos la discriminación se manifiesta a través de términos peyorativos dirigidos hacia estas personas.

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Discriminación por género:
Es un fenómeno social que se basa en el conjunto de roles socialmente construidos, comportamientos, actividades y atributos que una sociedad considera como apropiados para hombres y mujeres. Predominan principalmente como víctimas las mujeres, homosexuales, lesbianas, bisexuales o transgéneros, y puede ocasionar distintos problemas psíquicos y somatizaciones.

Origen étnico:
La discriminación racial es un concepto que suele identificarse con el de racismo y que lo abarca, aunque se trata de conceptos que no coinciden exactamente. Mientras que el racismo es una ideología basada en la superioridad de unas razas o etnias sobre otras, la discriminación racial es un acto que, aunque suele estar fundado en una ideología racista, no siempre lo está. En este sentido hay que tener en cuenta que la discriminación racial positiva (cuando se establecen discriminaciones con el fin de garantizar la igualdad de las personas afectadas), constituye una forma de discriminación destinada a combatir el racismo. La discriminación étnica es un género muy específico de discriminación, ya que se dirige contra personas y/o grupos que se distinguen por sus características raciales, culturales, nacionales o cualquier otra que las asocie con un grupo que comparte una herencia común. El vocablo étnico o etnia proviene del griego y se refiere a los miembros de un pueblo o nación que tienen un origen compartido. La discriminación étnica también es conocida como discriminación racial, sobre todo en el ámbito internacional, donde la esclavitud, el apartheid y el antisemitismo marcaron la discusión sobre este tema a mediados del siglo xx. Sin embargo, debe quedar claro desde ahora que lo étnico o racial no se limita al color o a los rasgos físicos del grupo en cuestión, sino a un conjunto de elementos objetivos y subjetivos, como creencias, formas de vida o instituciones que distinguen a un pueblo o nación en particular. Los pueblos indígenas son adscritos a la categoría de etnia precisamente porque se entiende que eran naciones o pueblos cuyo origen se remonta a los tiempos anteriores a la conquista de América. Dichos pueblos han mantenido su voluntad de permanecer como tales y se distinguen precisamente por contar con ciertas instituciones políticas y culturales diferentes a las del resto de la nación. Dicho de otro modo, son pueblos indígenas debido a la conciencia que sus propios miembros tienen acerca de seguir manteniendo todas o ciertas especificidades socioculturales. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es muy elocuente con esta definición del pueblo indígena. Su artículo 2 señala que: “La nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas, que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”. Además, sostiene que “la conciencia de identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas”.

Mujeres indígenes:
La discriminación obedece a patrones socioculturales largamente aprendidos y repetidos, en cuya transmisión y perpetuación, la conducta de quienes nos rodean (medio familiar y entorno sociocultural) juega un papel importante pues es aquí donde el ser humano comienza a establecer criterios de selección de personas, grupos y comunidades. Una de las peores formas de discriminación es la invisibilidad, al estar buscando datos para esta ponencia me encuentro que las mujeres indígenas migrantes son invisibles, no sabemos con precisión cuántas migran a los campos agrícolas o a las maquiladoras del norte del país, tampoco sabemos cuántas migran a Estados Unidos. Esta visión, ha permitido violaciones sistemáticas de los Derechos Humanos, puesto que a los grupos etiquetados como vulnerables se les limitan las posibilidades de ejercer sus derechos, ocultando hechos que tienen raíces discriminatorias por racistas, misóginas, xenofóbicas, etc. y, sobre todo, se encubren las desigualdades, que con base en determinaciones estructurales, niegan o restringen el acceso a condiciones de vida dignas.

red-cross-shelter-fargo-public-domain Basura. España cruz-roja-espana-noche comedor-infantil-ayuda-en-accion

Discapacidad:
El Título I de la Ley de Americanos con Discapacidades de 1990 (en inglés) prohíbe a los patronos privados, los gobiernos estatales y locales, las agencias de empleo y los sindicatos de trabajadores discriminar contra individuos calificados con discapacidades en los procedimientos de solicitud de empleo, contratación, despido, ascenso, compensación, entrenamiento para el empleo y otros términos, condiciones y privilegios de empleo. La Ley de Americanos con Discapacidades (ADA, tal su sigla en inglés) cubre a los patronos con 15 o más empleados, incluyendo los gobiernos estatales y locales. También se aplica a agencias de empleo y organizaciones laborales. Las medidas antidiscriminación de la ADA también se aplican a los empleados del sector federal, conforme al artículo 501 de la Ley de Rehabilitación, según enmendada, y sus reglas de implementación.

Orientación sexual:
El término homofobia hace referencia a la aversión (fobia, del griego antiguo Φόϐος, fobos, ‘pánico’) obsesiva contra hombres o mujeres homosexuales, aunque generalmente también se incluye a las demás personas que integran a la diversidad sexual, como es el caso de las personas bisexuales o transexuales, y las que mantienen actitudes o hábitos comúnmente asociados al otro sexo, como los metrosexuales y los hombres con ademanes tenidos por femeniles o las mujeres con ademanes tenidos por varoniles.

Embarazo:
Este tipo de discriminación se da en el momento en que las mujeres son limitadas o rechazadas, cuando se encuentran embarazadas, o padecen alguna enfermedad relacionada con el embarazo. Las mujeres embarazadas tienen derecho a ser tratadas de la misma manera que aquellas que no lo están, y tiene derecho a tener acceso a las mismas oportunidades. Un jefe o patrón, no puede negar la contratación a una mujer embarazada que cumpla con los requisitos del puesto solicitado. Así como también tiene la obligación de ceder licencias por maternidad, tratando a la mujer de la misma manera que trataría a un empleado incapacitado temporalmente. En lo que refiere al seguro médico, en el caso de las mujeres, debe contemplar y cubrir aquellas necesidades que estén relacionadas con el embarazo. Con respecto a otras situaciones, un empleador no tiene derecho a limitar el desarrollo laboral de una mujer casada, debido a la posibilidad de que ésta pueda quedar embarazada.

Discriminación por especie: El especismo o especieísmo es un término acuñado en 1970 por el psicólogo Richard D. Ryder quien lo aplicó para describir la existencia de una discriminación moral basada en la diferencia de especie animal. Discriminación por Lateralidad: Discriminación de los diestros hacia los zurdos, dado que en algunas culturas y religiones consideran a la mano izquierda como «la mano del demonio» siendo esto totalmente incierto, pues la mano izquierda forma parte también de nuestro cuerpo. Por esta y otras razones, hace años, el cuerpo de docentes trataba que niños zurdos escribieran con la mano derecha o «correcta». (Fuente: TFODE)


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