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María Zambrano:
Persona y democracia:
Desde 1928, cuando María Zambrano accede al mundo universitario y vive la época turbulenta del final de la monarquía de Alfonso XIII, la política y el ser humano constituyen las preocupaciones más importantes de su vida y su obra. Esta autora entendió al ser humano como ser bifronte, que ha de mirar al pasado para saber de dónde viene pero que está orientado al futuro. La tarea política, por una parte, ha de recoger algunos aspectos del pasado a través de la tradición, y por otra, ha de constituirse como un proyecto de renovación constante. Zambrano afirmó la tesis de Ortega de que cada momento histórico debe justificarse por una aportación a la idea de ser humano. En este sentido, sostuvo que la mayor de las aportaciones de la cultura actual había sido la difusión del concepto de persona. El siglo XX parece haber asumido la importancia de la dignidad humana, como así se puso de manifiesto en la Declaración de los Derechos Humanos.

Recurriendo a una etimología diferente de la habitual, Zambrano encuentra el origen del término persona en el verbo latino personare, es decir lo que suena por detrás. La persona hace referencia a nuestro ser más profundo e irreductible: el hombre interior. La persona -escribe en Persona y democracia- es algo más que el individuo; es el individuo dotado de conciencia, que se sabe a sí mismo y que se entiende a sí mismo como valor supremo, como última finalidad terrestre. El concepto de persona en Zambrano incluye tres elementos:

  • El fundamento: se refiere a la entrada más profunda del ser e incluye la vocación, esto es, el sentido y tarea en la vida.
  • El rol: es el modo en que se concreta socialmente la vocación de la persona.
  • El yo: supone la autoposesión, que hace posible la libertad y la comprensión de los actos como propios de la persona.

La libertad es lo que define y diferencia a la persona, pero, para Zambrano, no es algo que se posea en origen, sino que hay que aprendera vivir en libertad. Por eso, sostuvo, la nueva teoría política no puede ser el liberalismo -que criticó con dureza desde finales de la década de 1920 en Horizontes del liberalismo- sino una verdadera teoría de la libertad. El liberalismo toma a cada ser humano como un individuo, es decir, como una realidad segregada de los demás; en cambio, la visión de la persona entiende al hombre y a la mujer como realidades abiertas que incluyen necesariamente a los otros, integrándolos en su proyecto vital, conciliándolos y no enfrentados. De esta manera, el objetivo de la verdadera teoría política es convertir a los individuos en personas y hacer posible su convivencia pacífica. Si se hubiera de definir la democracia -afirmó en Persona y democracia- podría hacerse diciendo que es la sociedad en la cual no sólo es permitido, sino exigido, el ser persona. No todo tipo de sociedad puede realizar este ideal. Zambrano sostuvo que sólo una que se organice democráticamente puede hacerlo posible. Sin embargo, no toda sociedad que lleve ese nombre lo es realmente. La filósofa era ya consciente en la década de 1930 de que muchas opciones políticas de tendencias totalitarias se adornaban con el término democracia. No basta, afirmó, con que haya un gobierno del pueblo, es preciso superar la lucha de clases y el enfrentamiento cívico. Zambrano detectó dos posibles desviaciones políticas que degradan al pueblo convirtiéndolo en masa:

  • La demagogia: se fundamenta en el arte de dominar al pueblo para manipularlo y no para servirlo.
  • La ideología: pretende que el pueblo permanezca en el pasado sin buscar el futuro.

La democracia debe buscar la igualdad, no la uniformidad, superando las antinomias y, principalmente, la que se da entre lo masculino y lo femenino. En sintonía con Ortega, planteó la necesidad de que existiera una minoría que dirigiese honestamente al pueblo hacia su futuro. El nuevo proyecto político precisa fe en lo invisible, fundamentada en el amor a todo ser humano y apoyada en valores superiores.


Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789):
Declaración de la Asamblea Nacional Constituyente francesa (26 agosto), que sirvió de prefacio a la Constitución de 1791. Compuesta de 7 artículos y de un preámbulo, se inspiró en la Declaración de Independencia de EE.UU. (1776). Su principal fuente ideológica fue la filosofía política francesa del s.XVIII. Se encuentran en ella la idea de los derechos naturales de los enciclopedistas, la teoría de la voluntad general de Rousseau, la división de poderes de Montesquieu y la preocupación volteriana de defender al individuo contra la arbitrariedad de los tribunales. Al no hacer ninguna referencia al Dios cristiano ni al rey, puede considerársela como el acta de defunción del Ancient-Régime. Por sus repercusiones e influencias en la organización de los Estados es el acta de nacimiento y la Carta de la libertad política del mundo entero. Durante el período revolucionario le siguieron dos declaraciones más.

Desviaciones tempranas:
La Declaración de 1793, redactada como preámbulo en la Constitución del 24 de junio, fue más democrática que la primera. Defendiendo la igualdad de los ciudadanos como punto primordial de los derechos, relega a último lugar la propiedad, prohibía la esclavitud y consideraba la insurrección contra la tiranía como el más imperioso de los deberes. La declaración del año III (agosto 1795) apareció formando parte del prólogo de la Constitución sobre la que se estableció el Directorio. Suprimió el artículo primero de la Declaración de 1789 concerniente a la igualdad de derechos, no mencionaba ni las libertades de pensamiento y de expresión, ni los derechos a la instrucción y al trabajo, ni el deber de insurrección. Estaba provista, además, de una Declaración de Deberes.

 

 

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