Plataforma Madrid: Carta             

 

FEVOCAM Carta del Voluntariado de FEVOCAM:
Objetivos:

Entendemos, por tanto, que es una herramienta construida por el voluntariado madrileño para establecer una identidad y un marco organizativo comunes, de modo que tanto personas voluntarias como entidades de acción voluntaria, así como aquellas otras instituciones públicas o privadas implicadas, fomenten y aseguren un voluntariado auténtico orientado a la mejora y transformación social, capaz de asumir los retos de una sociedad cambiante sin perder su esencia solidaria, comprometida y crítica. Y todo esto, sin perder de vista que el fin por el que las entidades de acción voluntaria y las personas voluntarias se movilizan y organizan son los destinatarios de la acción voluntaria: realidades sociales o medioambientales y personas, hacia las que hay que tener un absoluto respeto por su dignidad y trabajar con ellas por su empoderamiento.

Persona Voluntaria (PV):
Es aquella persona que ejerce su derecho a participar y desarrollar su ciudadanía activa comprometiéndose libre y desinteresadamente, desde una entidad de acción voluntaria, a realizar una acción solidaria y gratuita a lo largo de un tiempo y en beneficio de la justicia social. La acción voluntaria se configura mediante un proceso de reflexión y conocimiento que conduce a un compromiso personal de dedicación de tiempo y potencialidades personales con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas o aspectos del desarrollo de la sociedad. Supone un encuentro enriquecedor con la persona o realidades en situación de riesgo o de injusticia social. Este itinerario de acción-reflexión se inserta en el marco de un proceso formativo que potenciará que la persona voluntaria pueda desarrollar su actividad con calidad, combinando de una manera progresiva crecimiento personal y transformación social.

ENTIDAD DE ACCIÓN VOLUNTARIA (EAV):
Es una organización sin ánimo de lucro que trabaja por alcanzar una sociedad más justa y defender la dignidad humana, a través del fomento y desarrollo del voluntariado. Estas organizaciones, aseguran un desarrollo sostenible de sus proyectos, así como de la formación y acompañamiento del voluntariado para que desde la acción se genere reflexión y ciudadanía crítica y activa para alcanzar la transformación y mejora social. Las entidades de acción voluntaria siendo organizaciones legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, de carácter privado, transparentes y autónomas, tendrán capacidad para fijar libremente sus objetivos y estrategias de actuación. Contarán con unos objetivos coherentes tanto con su funcionamiento como con las acciones que desempeñan.

EL VOLUNTARIADO:
Es un ejercicio de ciudadanía activa organizada que, desde la corresponsabilidad, la libertad y la gratuidad en sus acciones, buscan el encuentro de igual a igual, creando espacios de conocimiento y reflexión conjuntos, para luchar por la justicia, el desarrollo social y la defensa de la dignidad humana desde la mejora social. Por lo tanto, se asume un sentimiento de responsabilidad compartida frente a la sociedad en que se vive, reconociendo al mismo tiempo la pluralidad de las organizaciones así como la libertad de los individuos y fomentando el trabajo en red, el intercambio, la creación de espacios para la reflexión, la acción y el compromiso, así como la promoción de la justicia y la defensa de la dignidad humana.

SENSIBILIZACIÓN Y FOMENTO DEL VOLUNTARIADO:
Las entidades de acción voluntaria desarrollan acciones de sensibilización y comunicación encaminadas, entre otras cosas, a promover la participación solidaria de la ciudadanía en actuaciones de voluntariado y a facilitar su incorporación como personas voluntarias dentro de la entidad. A su vez, favorecerán el conocimiento de situaciones de injusticia social y desigualdad para promover comportamientos activos y una actitud crítica. Para ello, darán información completa y ajustada a la realidad, sobre el voluntariado que se realiza, así como mensajes coherentes con su misión. Deberán ser transparentes, entre otras, en su manejo económico, en los valores que promuevan, en sus motivaciones, en las alianzas y redes de participación y democráticas en sus formas de funcionamiento. Así mismo, habrán de saber dar respuesta, con la mayor rapidez posible, a las personas que quieran colaborar, bien en su propia entidad, bien en otra entidad, a través del trabajo en red. La persona que decida hacer voluntariado deberá realizarlo al amparo de una EAV que tiene la obligación de orientar, formar, acompañar, facilitar espacios de participación y reconocer su aportación al voluntariado a fin de lograr un proceso de aprendizaje que fomente la reflexión como base de la mejora social, realizar un servicio con calidad, cumplir una misión, etc.

ACOGIDA E INCORPORACIÓN:
La persona que quiere incorporarse como voluntaria a una entidad, ha de recibir información básica sobre la entidad; su misión, objetivos y líneas de actuación; sus programas, el voluntariado, y además ser acogida individualmente, teniendo en cuenta su situación, sus expectativas y motivaciones, sus potencialidades y limitaciones. La metodología que se siga para ello puede variar, pero no el componente de encuentro personal. También habrá de conocer el programa, equipo, coordinadores, etc. en el que se integra y los fines, principios y valores de la organización en la que va a desarrollar su acción voluntaria. En los primeros meses, necesitará de un acompañamiento que facilite su ajuste de expectativas y su integración en el programa, en el equipo de trabajo del que entre a formar parte y en la estructura de la propia entidad. Es importante que la persona voluntaria colabore en programas y con necesidades reales, participando en las decisiones y actividades de la organización, siempre dentro de los límites de su participación voluntaria. Para facilitar lo anterior, las EAV contarán con un registro, actualizado, de las personas voluntarias que forman parte de la entidad, conforme a la Ley de Protección de Datos. Las dos partes adquieren un compromiso que les vincula de modo recíproco, de manera que: - La persona voluntaria se compromete libre y desinteresadamente a realizar una acción solidaria de manera continua en el tiempo. Acepta los principios y normas de funcionamiento de la entidad y asume la gratuidad que conlleva toda labor voluntaria por la que no podrá percibir contraprestación alguna. Además, asumirá un compromiso de respeto hacia los destinatarios de su acción voluntaria. - La entidad de acción voluntaria se compromete con el desarrollo, el acompañamiento y la formación de la persona voluntaria y con la creación de canales para la participación. Asumirá los gastos económicos extra que pueda conllevar la propia actividad voluntaria. Además, asumirá un compromiso de respeto hacia los destinatarios objeto de su trabajo. Ambas firmarán un acuerdo en el que se incluyan los compromisos que convengan entre sí, así como sus derechos y deberes respectivos. Las EAV protegerán a las PV: - Respondiendo por ellos ante las acciones que realizan y las posibles consecuencias que estas conlleven, siempre y cuando intervengan dentro de las líneas de actuación acordadas con las entidades. - Proporcionándoles la protección exigida por la ley. - Dándoles a conocer, explícitamente, las condiciones de su seguro. Por su parte, la persona voluntaria respetará la misión, los objetivos y las líneas de actuación de la EAV de la que forma parte, así como los destinatarios de su acción voluntaria. La EAV proporcionará a la PV formación básica para dar a conocer la realidad social a atender, desarrollar habilidades y destrezas básicas y profundizar en el modelo de voluntariado.

Desarrollo de la intervención:
Las EAV determinarán los perfiles de personas voluntarias que necesitan. Contarán con la estructura y los medios de acompañamiento, formación y coordinación necesarios para que la PV pueda desarrollar sus labores. Es destacable la figura del responsable o responsables de voluntariado que asuman las funciones de coordinación e integración del voluntariado con toda la actividad de la EAV, acompañamiento, formación y orientación de las PV, facilitación de los cauces de comunicación entre la PV y el resto de la estructura de la entidad y participación en la misión de la EAV. Las EAV proporcionarán a las PV un itinerario formativo introductorio y continuo que se incluirá tanto en los espacios formales como en los no formales; itinerario que, además de tener en cuenta la acción de voluntariado que desempeñen, atenderá las necesidades de las PV. Por su parte la PV participará en los procesos formativos que le proporcione la EAV. De esta manera, se asegurará de realizar una intervención y atención de calidad, el reforzamiento del compromiso solidario sobre otras motivaciones, el conocimiento de la misión de la EAV en la que incide su tarea voluntaria concreta, y la reflexión global sobre la realidad de la que es transformador activo. Las EAV generarán espacios participativos que favorezcan y formen en el trabajo en equipo, de manera que la acción voluntaria sea fruto de un trabajo conjunto, planificado, organizado y evaluado. Esto se verá potenciado con la creación de espacios que promuevan tanto la reflexión y la mejora de la acción, como el intercambio de experiencias entre las personas que intervienen en el programa, de forma que se cree una cultura de equipo. Las EAV serán flexibles con las PV, adaptando, en la medida de lo posible, los programas formativos, la disponibilidad horaria y la asunción de responsabilidades. Por su parte, las PV serán flexibles con la EAV: informándolas de su disponibilidad y preferencia y adecuándose a las acciones formativas y de voluntariado de la entidad. Tanto las EAV como las PV favorecerán el protagonismo de los destinatarios de la acción. Además, serán corresponsables, respetuosas y flexibles con los mismos; atendiendo y adaptándose a sus necesidades particulares, siempre dentro de un marco de intervención coherente y acordada entre las distintas partes. La PV guardará confidencialidad de los datos que se manejen en la entidad, así como la EAV guardará confidencialidad de los datos de carácter personal proporcionados por la PV, conforme a la legislación vigente. A su vez, ambos respetarán y guardarán confidencialidad de los datos personales proporcionados por los destinatarios de su intervención. Las EAV realizarán un acompañamiento continuo de las PV a través de cauces claros y visibles. Este seguimiento tendrá en cuenta, además de la evolución en la labor que está llevando a cabo, también su desarrollo personal tanto en la actividad, como en la entidad, el grupo… Las EAV informarán sobre los resultados obtenidos de la acción voluntaria y establecerán sistemas de evaluación que tendrán en cuenta al proyecto, al equipo, a las personas voluntarias y a los destinatarios del proyecto. Las EAV cuidarán el reconocimiento de la labor y el compromiso de las PV por razones de justicia y para reforzar su pertenencia a la organización.

SALIDA:
Las EAV facilitarán la salida de las PV, desde el reconocimiento a su labor y el conocimiento y comprensión de sus motivos de salida. Se les facilitará y apoyará en la derivación a otras EAV, siempre y cuando las PV lo soliciten. En las ocasiones en los que las PV no actúen conforme a la misión y criterios comunes de la acción voluntaria dentro de la EAV, desde la entidad se les ayudará a reorientar su actuación y, en caso de no hacerlo, a abandonar su actividad en la EAV. Las EAV atenderán y analizarán los motivos de salida de las PV, de manera que les permita incorporar mejoras en la gestión del voluntariado. La PV comunicará a la EAV, con la suficiente antelación, su baja. La PV, una vez que salga de la entidad, mantendrá confidencialidad de los datos que ha manejado en la misma. Las EAV facilitarán un certificado de reconocimiento a las PV de la labor llevada a cabo. Las EAV actualizarán el registro de las personas voluntarias con las bajas que se realicen.

DE LA PERSONA VOLUNTARIA:
Las personas que quieran incorporarse como voluntarias a una entidad tendrán los siguientes derechos: - Ser acogidos y orientados en su labor voluntaria, teniendo en cuenta su situación, sus expectativas y motivaciones, sus potencialidades y limitaciones. - Ser tratados sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias. - Conocer el equipo, los coordinadores y el programa en el que se integra y los fines, principios y valores de la entidad en la que van a desarrollar su acción voluntaria. - Estar asegurados de los daños y perjuicios que el desempeño de su actividad voluntaria pudiera ocasionarle. - Conocer, explícitamente, las condiciones de su seguro. - Recibir información y formación permanente, en un itinerario de acompañamiento educativo que le ayude a mejorar su acción voluntaria, así como su desarrollo personal, su pensamiento crítico y su compromiso solidario. - Participar en los espacios de decisión de la entidad, a través de los cauces y órganos establecidos a tal fin. - Contar con el respaldo de la EAV por las acciones que realizan y las posibles consecuencias que esto conlleva, siempre que intervengan dentro de las líneas de actuación acordada con la entidad. - Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario. - Obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución. - Percibir de la entidad los gastos económicos que pueda conllevar el desempeño de su actividad voluntaria. - Cualquier otro derecho reconocido en la Ley Estatal del Voluntariado, en la Ley del Voluntariado en la Comunidad de Madrid y cualquier otra disposición legal que afectase a la acción voluntaria. Las personas que quieran incorporarse como voluntarias a una entidad tendrán los siguientes deberes: - Respetar los derechos de los destinatarios de su acción voluntaria y favorecer el protagonismo de los mismos potenciando su participación. - Conocer y respetar la misión, los objetivos y las líneas de actuación de la EAV de la que forma parte. - Seguir las pautas de trabajo en equipo y participación que las EAV tengan. - Guardar, cuando proceda, confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria. - Participar en el itinerario formativo proporcionado por la EAV, debiendo conocer no sólo habilidades y destrezas básicas sino sobre todo la causa social, la problemática de las personas o realidades con las que colabora. - Utilizar debidamente la acreditación y distintivos de la organización. - Rechazar cualquier tipo de contraprestación económica. - Responsabilizarse del compromiso adquirido e informar con tiempo suficiente del final del mismo. - Cualquier otro deber contemplado en la Ley Estatal del Voluntariado, en la Ley del Voluntariado en la Comunidad de Madrid y cualquier otra disposición legal que afectase a la acción voluntaria

De las entidades de Acción Voluntaria:
Derechos:
- Fijar libremente y ser respetadas en su misión, objetivos y estrategias de actuación. - Establecer los cauces de participación de las personas voluntarias y reclamar su participación. - Determinar el perfil del voluntario que consideren que se adecue más con la acción voluntaria. - Ser informadas con tiempo de la baja por parte de la persona voluntaria - Recabar el apoyo financiero, material y técnico por parte de socios, entidades públicas y privadas, para favorecer el adecuado desarrollo de sus acciones, estableciendo así mismo las condiciones y límites de esas colaboraciones. - Contar con el reconocimiento por parte de la sociedad del interés social de sus cometidos. - Cualquier otro derecho derivado de la Ley Estatal del Voluntariado, de la Ley del Voluntariado en la Comunidad de Madrid y cualquier otra disposición legal que afectase a la acción voluntaria.

Deberes:
- Contar con unos objetivos coherentes tanto con el funcionamiento como con las acciones que desempeña. - Dar a conocer su misión, objetivos y líneas de actuación. - Crear canales para la participación de la PV. - Realizar acciones de sensibilización y comunicación a la sociedad. - Ser transparentes en su gestión. - Contar con una figura responsable del voluntariado que se encargará de coordinar e integrar el voluntariado en la entidad. - Asegurar a las personas voluntarias de los posibles los daños y perjuicios que el correcto desempeño de su actividad voluntaria pudiera reportarle. - Proporcionar a las PV una acreditación que les habilite e identifique para el desarrollo de su actuación. - Garantizar a las personas voluntarias la realización de su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquellas. - Responder por las personas voluntarias ante las acciones que realicen y las posibles consecuencias que estas conlleven, siempre y cuando la intervención esté dentro de las líneas de actuación acordadas con la entidad. - Cumplir con el compromiso de acompañamiento y formación de la PV, proporcionándole un itinerario educativo que, además de aportarle habilidades y destrezas básicas, favorezca el conocimiento y la reflexión sobre la causa social y la problemática de las personas o realidades con las que colabora. - Facilitar la participación de las personas voluntarias en la elaboración, ejecución y evaluación de los programas y actividades en que intervengan. - Cubrir los gastos económicos extras que pueda conllevar la propia actividad voluntaria. - Respetar los derechos de los destinatarios de su acción voluntaria y favorecer el protagonismo de los mismos, potenciando su participación. - Cuando los destinatarios lo soliciten y existan causas que lo justifiquen, respetarán su decisión de prescindir de la acción voluntaria o facilitarán el cambio de la PV designada. - Analizar, evaluar y dar a conocer los resultados de las acciones a las personas voluntarias. - Llevar un registro actualizado de las personas voluntarias que colaboran en la entidad, respetando lo contenido en la Ley de Protección de Datos. - Facilitar a las personas voluntarias un certificado de reconocimiento por la labor desempeñada, cuando lo solicite. - Orientar y derivar a la persona voluntaria hacia otras entidades en el caso de que no haya adecuación entre los intereses de la EAV y la PV. - Facilitar la salida de la persona voluntaria. - Cualquier otro deber contemplado en la Ley Estatal del Voluntariado, en la Ley del Voluntariado en la Comunidad de Madrid y cualquier otra

Relación:
Uno de los elementos decisivos para el progreso y desarrollo de las EAV es la relación. La relación es el marco en el que se desarrolla nuestro trabajo, es nuestra principal herramienta de trabajo y, sobre todo, es una de nuestras principales aportaciones al modelo de convivencia y organización social. La relación es el producto de un encuentro que tiene su marco en una sociedad en constante transformación, donde cada vez son más los actores que intervienen activamente en los procesos políticos, culturales, sociales y económicos. Las EAV entendemos el actual contexto social, complejo y cambiante, como un escenario lleno de posibilidades y potencialidades para el establecimiento de relaciones puntuales o permanentes que favorezcan la mejora social. Son múltiples los factores que influyen en la relación y que permiten construirla cada día. Nuestro trabajo pasará por reconocer los intereses comunes e ir negociando y ajustando las condiciones para la relación a partir de las siguientes premisas: - Ver a estos otros actores sociales como alguien significativo, alguien con quien vincularse, con quien establecer una relación, en la que pueden ofrecer sus potencialidades y capacidades. - Atender a la singularidad de cada relación, siendo flexible y respetando los tiempos y los procesos que cada modelo de coordinación exige. - Promover la horizontalidad, independientemente de la diversidad de roles y potencialidades. - Asegurar una responsabilidad compartida.

RELACIÓN CON OTRAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN:
A lo largo de los últimos años el voluntariado se ha ido constituyendo como una práctica creciente de participación social, recibiendo múltiples apoyos y reconocimiento social. Pero la iniciativa ciudadana y las formas de participación presentan variadas expresiones, tamaños, distintas visiones, expectativas, etc. No toda forma de participación es voluntariado. Pero muchas de ellas tienen una relación directa con el marco de trabajo de las EAV y con su misión ya que desarrollan su intervención en el mismo contexto y con los mismos colectivos que las EAV. De ahí, la necesidad y el compromiso de trabajar en red, compartir experiencias y recursos, y promover la permeabilidad entre unas y otras. Las EAV habrán, por tanto, de identificar quiénes son esos otros actores y el tipo e intensidad de relaciones que pueden establecer con ellos, con la finalidad de definir ejes prioritarios de acción social. Para ello, se partirá de los siguientes principios:

Organismos públicos:
La relación de las EAV y los organismos públicos debe de ser crítica y cordial, basada siempre en los valores de la claridad, la coordinación y la complementariedad. Los Organismos Públicos pueden ser promotores del voluntariado y del tejido social en su ámbito territorial a través de diferentes iniciativas, establecidas de acuerdo con la realidad social en que se desarrollan y contando con la participación del sector de acción voluntaria de dicho territorio. Es por esto, que desde este Estatuto se considera que la relación que mantienen con las EAV debe de ir encaminada a: - Reconocer al Tercer Sector como interlocutor válido en el desarrollo de las políticas públicas, creando los mecanismos formales e informales que favorezcan la coordinación. - Establecer las medidas de apoyo financiero, material y técnico a las EAV. - Agilizar los procesos administrativos que favorezcan la implantación de acciones voluntarias. - Apoyar a las EAV en el desarrollo de su itinerario. - Fomentar y promover la cultura del voluntariado en la sociedad, desde un planteamiento global, sin invadir los espacios propios de las EAV, y respetando el concepto de voluntariado que el propio sector se ha dado, con lo que tiene de colaboración, pero también de crítica, cuando un problema social lo requiera. Puesto que el voluntariado se articula desde las EAV, se entiende que un voluntariado dependiente de los Organismos Públicos deberá regirse por los principios establecidos en este Estatuto. Los Organismos Públicos pueden requerir de colaboraciones puntuales de ciudadanos en grandes eventos culturales, deportivos, etc. que, aunque no son voluntariado, pueden ser un primer paso para sensibilizar a esas personas en solidaridad y en la posibilidad de comprometerse como voluntarios en una causa de alguna EAV.

Empresas:
Las EAV pueden establecer relaciones de colaboración con empresas para la consecución de objetivos comunes en beneficio de la sociedad. Esta relación puede ser puntual o continuada; suponer la movilización de recursos materiales y/o humanos. Así mismo, puede ser cauce para la realización de acciones de sensibilización entre los empleados, colaboraciones puntuales de estos en actividades de las EAV u otras acciones planificadas conjuntamente. Para ello, ambas partes, establecerán canales simétricos de comunicación que lleven a un proceso de conocimiento mutuo y que permitan la elaboración de acuerdos de colaboración, conforme a las necesidades e intereses de ambas. Estas relaciones tendrán que respetar los valores de independencia, transparencia y eficacia que deben caracterizar tanto el trabajo de las EAV, como el de las empresas. Obviamente, ambas partes tienen la responsabilidad ética de colaborar o trazar alianzas con aquellas contrapartes en cuyas actividades o finalidades no se lesionen principios éticos fundamentales. En la relación entre las EAV y las empresas se han de plantear como objetivo prioritario el fomentar el voluntariado y la solidaridad. Las empresas pueden favorecer el espacio de comunicación interna como un cauce para el fomento de la cultura de la solidaridad y del voluntariado, y según sus propios objetivos estratégicos en el marco de su Responsabilidad Social. Para ello, puede establecer diferentes medidas de sensibilización e información en colaboración con EAV. Por otra parte, las EAV pueden participar, influir y ser reconocidas como agentes relevantes en favorecer la responsabilidad social corporativa para que las empresas desarrollen acciones que respondan realmente a comportamientos socialmente responsables.

Ámbito educativo:
El voluntariado tiene entre sus objetivos la educación y la sensibilización, lo cual es compartido con la comunidad educativa. Por ello, es necesario establecer relaciones entre las EAV y la comunidad educativa desde los primeros ciclos del sistema educativo hasta la universidad. Las relaciones con la comunidad educativa se basarán en:

  • El respeto de las misiones que tienen tanto las EAV como los espacios educativos con los que se establezca la relación.
  • Un diálogo fluido, claro y coordinado en donde se pueden establecer mecanismos de coordinación que permitan complementar la labor educacional.
  • La suma de potencialidades de cada uno de los espacios a través del intercambio de experiencias, que permitan construir y favorecer cultura de solidaridad entre la comunidad educativa.
  • Potenciar estrategias de acción que fomenten una solidaridad activa y un acercamiento a los valores del voluntariado.

Medios de comunicación:
En este Estatuto nos adherimos al “Código de Conducta: Imágenes y mensajes relativos del Tercer Mundo”3, aplicándolo al marco de actuación del Estatuto, pero por ello no queremos dejar de destacar varios aspectos que nos parece fundamentales atender. La comunicación para las EAV es un instrumento de sensibilización y educación para la solidaridad y la justicia, por lo que las EAV y los medios de comunicación deberán trabajar conjuntamente para evitar que los mensajes que se transmitan sean discriminatorios y/o catastrofistas, así como devaluadores del compromiso del voluntariado. Es por eso que en su relación con los medios de comunicación, las EAV deben ser claras y promover la toma de conciencia sobre las realidades sociales y medioambientales existentes en la Comunidad de Madrid; dar a conocer y comprender las causas de las situaciones de injusticia; promover la corresponsabilidad en sus soluciones; dar a conocer la riqueza del voluntariado y su papel en la sociedad; y fomentar el voluntariado y la cultura de la solidaridad entre la ciudadanía. Las EAV mostrarán a los medios de comunicación el voluntariado como un movimiento organizado; y las acciones concretas incluidas en programas globales que forman parte de una reflexión y planificación, previas. Así mismo, harán ver la heterogeneidad de las EAV, en cuanto a misiones y estrategias de actuación. Las EAV favorecerán canales de comunicación y propiciarán el conocimiento objetivo de las situaciones de vulnerabilidad; reflejando su complejidad, los obstáculos con los que se enfrentan, la diversidad de las situaciones y los esfuerzos y progresos realizados. Para ello, se esforzarán para que se dé una información rigurosa y completa, mostrando absoluto respeto por la dignidad humana, la identidad cultural y los contextos socioeconómicos, evitando toda clase de discriminación de las personas y de la sociedad. (FEVOCAM)

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