Proceso a Pinochet             

 

Orden de detención de Pinochet:
Garzón:
Garzón: Apertura de la investigación El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón se declaró en octubre de 2008 competente para investigar la desaparición de las víctimas del franquismo. En su auto, el magistrado atribuyó al dictador Francisco Franco y a otros 34 jefes que dirigieron la rebelión contra el Gobierno de la República un plan de exterminio sistemático de sus oponentes y de represión que terminó con al menos 114.266 desaparecidos, de los que no se ha dado razón de su paradero, y que se enmarca en un contexto de crímenes contra la humanidad. Garzón añadió que al estar muertos los implicados no existía responsabilidad penal, por lo que los juzgados territoriales correspondientes tendrían que hacerse cargo del caso. Garzón se inhibió un mes después en favor de estos 62 juzgados. Posición de la fiscalía Contra la decisión de Garzón se pronunció el fiscal jefe de la propia Audiencia, Javier Zaragoza, quien acusó al magistrado de abrir una "causa general" contra el franquismo lo que, en su opinión, violentaba las reglas y límites del proceso penal. El fiscal pidió la nulidad de la investigación, que calificó de "disparate jurídico" al tratar de juzgar unos hechos que, en su opinión, están prescritos y perdonados por la Ley de Amnistía de 1977. El Supremo admite la querella En mayo de 2009, el Tribunal Supremo admitió a trámite una querella presentada contra el magistrado por el sindicato ultraderechista Manos Limpias, en la que le acusaba de prevaricación por excederse en sus competencias en la investigación del franquismo. Posteriormente, se admitieron otras dos querellas interpuestas por Libertad e Identidad y Falange Española de las JONS. El Supremo incluyó en sus argumentos el informe del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, que se oponía a la investigación de Garzón. Quién instruye el caso El magistrado del Supremo Luciano Varela es el instructor de la causa contra el juez. Aunque llegó a apartarse del caso mientras se decidía su recusación por parte de Garzón. Miembro fundador de Jueces para la Democracia y amigo personal de la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, y de la juez y vocal del GCPJ por la misma asociación progresista Margarita Robles, Varela ya anticipó su intención de abrir juicio oral contra Garzón y adelantó su predisposición a condenarle. Siempre muy crítico con el magistrado de la Audiencia, a quien despectivamente ha calificado de "juez estrella", Varela fue también en 2008 ponente de la querella que atribuía a Garzón el supuesto cobro de 1,7 millones de dólares por unos cursos en la Universidad de Nueva York, pero rechazó los delitos de prevaricación y cohecho de los que se le acusaban. Sin embargo, el instructor trasladó al CGPJ que Garzón podía haber incurrido en una "falta muy grave" al no notificar que iba a percibir una nómina. Los querellantes El pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias, liderado por el ex dirigente de Fuerza Nueva Miguel Bernad, consiguió imputar a Garzón después de varios años de intentos. Bernad cuenta con un largo historial justiciero. Desde que denunció a varios cargos del PSOE por la gestión de la Expo de Sevilla ha presentado numerosas querellas, además de contra Garzón, contra el PSOE, el PNV, la plataforma Nunca Mais, el Gobierno catalán, un párroco y un guardia civil que reconocieron ser homosexuales, el programa infantil Los Lunnis o el futbolista Samuel Eto'o. La mayoría de las querellas fueron rechazadas. La asociación Libertad e Identidad, de marcado carácter conservador se sumó a las acusaciones contra el juez con otra querella por supuesta prevaricación. La última acusación contra Garzón vino de Falange Española de las JONS, que la presentó para lavar el "honor" de su "movimiento". Falange pedía 20 años de inhabilitación para Garzón, por pretender encargarse de una causa para la que sabía que no era competente". El partido cuenta con unos 3.000 afiliados y en su ideario se critica el "clima totalitario" en España, rechaza la monarquía, el Estado de las autonomías y censura además el sistema de "democracia liberal de partidos". Sin embargo, el juez expulsó el 23 de abril a Falange por una cuestión formal. De acuerdo con la providencia del instructor, Falange no se limitaba a la descripción de los hechos sino que entraba en valoraciones que dificultaban la veracidad o la falsedad de los argumentos expuestos. Falange recurrió, pero el 18 de octubre el Supremo confirmó su expulsión de la causa. Qué se le imputa a Garzón Los querellantes consideran que Garzón se excedió de sus funciones al asumir la causa del franquismo y le acusaron de prevaricación, es decir, dictar a sabiendas una resolución contraria a derecho, lo que podría suponerle una inhabilitación de 12 a 20 años. El magistrado tachó las acusaciones contra él de "burdas represalias". "Imputar a altos cargos de la dictadura franquista por un delito contra altos organismos de la nación y la forma de gobierno puede ser discutible, pero en ningún caso constituye un delito de prevaricación", señalaba en su recurso. La defensa de Garzón esgrimió que el juez no actuó de forma injusta. "Sólo con dificultad puede soportar el papel la afirmación de que Garzón actuó con la intención de ser injusto. ¿Cómo se podrá sostener tal cosa? Habría actuado de forma injusta si hubiera desamparado a las víctimas que reclamaban justicia; si les hubiera denegado su derecho a saber; si se hubiera negado, en fin, a admitir unas denuncias que recogían gravísimos hechos delictivos". Por otra parte, los fiscales han ofrecido dos visiones distintas. El fiscal jefe de la Audiencia Nacional se opuso contundentemente a que Garzón investigara los crímenes cometidos durante el franquismo. Sin embargo, cuando el Supremo admitió a trámite la querella de Manos Limpias la fiscalía del alto tribunal se posicionó en contra de la denuncia porque consideró que adoptar decisiones "discutibles en derecho" no constituye en caso alguno un delito de prevaricación. Garzón recusa a Varela Baltasar Garzón recusó al magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela el pasado 24 de abril al considerar "insólito" que el instructor aconsejara a la organización ultraderechista Manos Limpias cómo eliminar de su escrito de acusación algunos argumentos con el fin de que la querella llegara a buen término. La providencia de Varela sugería borrar partes enteras del escrito que afectarían a un total de dos tercios del contenido. En un apartado se plagiaban párrafos completos del auto del 3 de febrero del instructor del Supremo. La defensa de Garzón consideró que de la actuación de Varela se desprendía parcialidad e interés personal. A finales de abril, Varela admitió a trámite la recusación, que finalmente fue rechazada. Varela ordena la apertura de juicio oral contra Garzón El juez Luciano Varela ordenó el 12 de mayo la apertura de juicio oral contra Garzón por investigar los crímenes del franquismo. La decisión del instructor supone un intento de bloquear la decisión del magistrado de la Audiencia Nacional de trasladarse al Tribunal Penal Internacional durante los próximos siete meses, como pidió el día antes de que Varela hiciera pública la apertura de juicio oral. Suspensión del juez El Poder Judicial suspende a Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo. La decisión era obligada por ley tras la apertura de juicio oral por parte del instructor. Posteriormente, el 18 de mayo, la Comisión Permanente del CGPJ autorizó el traslado de Garzón durante siete meses al Tribunal Penal Internacional del juez, pero no en situación de servicios especiales. El juez lo había solicitado una semana antes, pero el CGPJ acordó esperar a recibir informes y aplazó la decisión. Cinco de estos informes fueron favorables al traslado del juez.


Escuchas Gürtel:
Baltasar Garzón instruyó desde la Audiencia Nacional el denominado caso Gürtel, la trama de corrupción masiva vinculada al Partido Popular, que después desgajó en tres partes que envió a los tribunales superiores de justicia de Madrid y de Valencia y al Tribunal Supremo respectivamente pues en él aparecían imputados diputados regionales y nacionales así como miembros del Senado. Durante la instrucción, Garzón ordenó, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, intervenir las conversaciones que los principales dirigentes de la trama mantuvieron en prisión con algunos de sus abogados al considerar que podría existir connivencia con sus clientes para esquivar del alcance de la justicia española "millones de euros" ocultados en el extranjero. Ignacio Peláez, abogado del constructor e imputado en la trama José Luis Ulibarri presentó una querella por estos hechos y, pese a contar con la oposición de la fiscalía, la Sala de lo Penal del Supremo la ha admitido a trámite. Poco después, la Sala de lo Penal del alto tribunal admitió la personación del cabecilla de la trama, Francisco Correa, en la misma querella, lo que ha convertido al acusado en acusador. La ofensiva contra estas escuchas se siguió además en otro de los tribunales que instruye la trama Gürtel, el Superior de Justicia de Madrid. Allí, los implicados en la investigación consiguieron que la Sala de lo Penal anulara todas las intervenciones ordenadas por Garzón, por lo que las pruebas fueron eliminadas del sumario que se hizo público el pasado el 6 de abril.
Quién denuncia: La querella fue presentada por Ignacio Peláez, el abogado del empresario José Luis Ulibarri, que no llegó a ingresar en prisión, pero que está presuntamente implicado en la trama. Este abogado visitó en prisión a otros presuntos implicados para preparar la defensa de su cliente, donde fue grabado. Antes de ejercer de abogado, Peláez fue fiscal de la Audiencia Nacional y por tanto, compañero de Garzón. Desde que migró a la abogacía, su trayectoria no ha pasado desapercibida. Hace unos meses fue juzgado junto a sus clientes, Alberto Cortina y Alberto Alcocer, Los Albertos, por el caso de la carta falsa con la que la pareja de empresarios intentó contrarrestar la condena del caso Urbanor, finalmente extinguida por prescripción. El tribunal que les juzgó en octubre expresó su "sorpresa" por la contratación de Peláez por Los Albertos, pero no encontró "prueba suficiente" que demostrara que conocía la falsedad de la carta. Peláez salió absuelto y Los Albertos, condenados a cuatro meses. Hace unas semanas, Peláez fue investigado por la Audiencia Nacional por ayudar a entrar, sin permiso, a un periodista holandés y a la mujer de un preso en los calabozos del edificio. A los policías de servicio les dijo que sus acompañantes eran compañeros del despacho, pero los agentes desconfiaron y descubrieron que uno era periodista y la mujer era la esposa del recluso. Quién instruye la causa El juez del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro, miembro de Jueces para la Democracia que accedió al cargo hace ahora un año desde la presidencia de la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Madrid, encargada de juzgar, entre otros, el llamado caso del ácido bórico en el que se dirimía la actuación de cuatro altos mandos de la Policía por la supuesta manipulación de un informe de tres subordinados suyos en el que vinculaban a ETA con el 11-M.

Qué dice la fiscalía: La Fiscalía del Supremo se ha pronunciado contra esta causa en varias ocasiones. En febrero de 2010 el Ministerio Público calificaba de "fraude de ley" la querella presentada por el abogado Ignacio Peláez. Pese a este escrito, la Sala admitía la denuncia a trámite, decisión contra la que la propia Fiscalía del alto tribunal ha presentado un recurso de súplica hoy mismo ha sido rechazado. En dicho recurso, el fiscal aseguraba que las intervenciones contaron en todo momento con la autorización judicial necesaria y además proporcionaron datos claves sobre las actividades de blanqueo de capitales de los imputados. Qué opinan otros tribunales Por su naturaleza, dividido en varios sumarios, el caso se investiga en varios tribunales, no sólo en el Supremo. En un auto dictado el pasado mes de enero, el juez instructor del caso Gürtel en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira, justifica las escuchas ordenadas por Garzón y pedía “cordura” ante la posibilidad de condenar un sumario de más de 60.000 folios. Contra este auto, como ya se ha dicho, los abogados de los imputados en la trama presentaron más de 60 recursos ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia que finalmente descartó las escuchas. Qué delitos se le imputan Prevaricación: Dictar a sabiendas una resolución contraria a derecho, lo que podría suponerle una inhabilitación de 12 a 20 años. Contra las garantías de la intimidad: La autoridad o funcionario público que, mediando causa por delito, interceptare cualquier clase de correspondencia privada, postal o telegráfica, con violación de las garantías constitucionales o legales, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de dos a seis años.


El Tribunal Supremo ratifica la sentencia (23/03/2012):
El Tribunal Supremo no anulará la sentencia que condenaba al exjuez Baltasar Garzón a 11 años de inhabilitación por ordenar las escuchas entre los presuntos cabecillas del caso Gürtel con sus abogados en la cárcel, según un auto conocido este viernes. Garzón había pedido la nulidad de las actuciones en relación a este caso como paso previo para poder recurrir ante el Tribunal Constitucional su condena por prevaricación. El Supremo rechaza uno por uno los cuatro argumentos que el exjuez de la Audiencia Nacional presentó en su recurso: vulneración del principio de legalidad y de tipicidad penal, derecho a la tutela judicial efectiva, derecho a un proceso con todas las garantías y el derecho a desempeñar su cargo con independencia. En el auto el alto tribunal insiste en la "absoluta inexistencia" de indicios que hicieran pensar que los abogados de Francisco Correa y Pablo Crespo estaban utilizando su ejercicio del derecho de defensa "como coartada para facilitar la comisión de nuevos delitos". Garzón sostiene en su recurso de nulidad que se le condenó por "una acción que no se encuentra tipificada como delito en ley alguna", algo que niega el Supremo, que mantiene que "se castiga una conducta ejecutada en una interpretación y aplicación de la norma que resultan absolutamente inaceptables en un Estado de Derecho. Sobre el derecho a la tutela judicial efectiva, Garzón argumenta que se le prejuzgó la cuestión de culpabilidad y porque no se aceptó la recusación de los magistrados Luciano Varela y Manuel Marchena. El Supremo señala que "le mero hecho de haber sido instructor en otras causas penales contra el mismo acusado, aunque por hechos no solo diferentes sino absolutamente distintos, no justifica, en sí mismo, la recusación". El alto tribunal tampoco acepta la alegación sobre el derecho a la tutela judicial efectiva en cuanto al derecho de Garzón a desempeñar con independencia su cargo. "La independencia del juez no puede llegar más allá de los límites que le impone su sometimiento a la ley. Como ya se ha dicho, no se ha criminalizado la discrepancia, sino una interpretación y aplicación de la ley que, vulnerando derechos fundamentales, resulta absolutamente inasumible en un Estado de Derecho".


[ Inicio | Cutty Sark | Blas de Lezo | Julio Verne | Emigración | Uruguay | Menú Africa ]