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Libros de Derecho romano: 25 siglos:
La palabra jurista viene de la latina iurista, que parte de la raíz ius, que significa derecho​. La palabra jurisconsulto viene de la latina iurisconsultus. Se aplica a un experto legal o teórico del derecho, persona que investiga y estudia la jurisprudencia (teoría de la ley). Hoy se usa para referirse a filósofos de derecho, profesores académicos y escritores especializados en derecho. En algunos países con influencia anglosajona se utiliza para referirse a un abogado ilustre y en EE.UU. para referirse a un juez. Entre los juristas clásicos notables destacan Cicerón (106-43 a.C.), Triboniano (500-547 d.C.) y Emilio Papiniano (142-212 d.C.). El derecho romano ha jugado un papel muy importante en la configuración de la cultura occidental. Capitolio, del latín capitolium, era una de las siete colinas de Roma. El Capitulinus Mons era la ubicación del centro religioso y político establecido durante la república. Los archivos se guardaban en una edificación llamada Tabularium cuyos cimientos se han conservado. El conjunto de edificios de la colina se encontraba amurallado y fue lugar de refugio durante la invasión de los galos celtas (387 a.C.). En el Capitolio de EE.UU., sede de las dos cámaras, figura de forma destacada el símbolo de las fasces, usadas en Roma para impartir castigos en público. El decisivo papel del Derecho en la sociedad ha generado gran número de tratados, universidades, instituciones del Estado, profesionales de la abogacía y bibliotecas especializadas.

Derecho romano:
Conjunto formado por las disposiciones jurídicas y el sistema legal desarrollado en Roma desde la primera compilación de leyes (450 a.C.), hasta la muerte de Justiniano I, soberano del Imperio bizantino, en el año 565 d.C. De forma concreta, se utiliza para designar la compilación de la ley conocida como Corpus Iuris Civilis, también llamado Código de Justiniano, realizado bajo los auspicios del mismo y que fue la base del Derecho civil de muchas naciones europeas continentales. El Derecho en Roma tenía un carácter religioso y su interpretación la realizaban sacerdotes que eran miembros de la clase patricia. El descontento por el tratamiento desigual recibido por la clase plebeya condujo a protestas y agitaciones. Según la tradición en el 449 a.C. los plebeyos se retiraron al Monte Aventino (una de las siete colinas) y amenazaron con fundar una nueva ciudad. Para mantener la paz social se decidió una reforma legal radical que partiera de la ley consuetudinaria existente, añadiendo algunos principios que no formaban parte de la costumbre.

Ley de las Doce Tablas (450 a.C.):
Fue un Código elaborado por diez magistrados denominados decenviros. Fue sometida a una asamblea popular y aceptada. Contiene reglas simples, ajustadas a una comunidad agrícola, establece la igualdad ante la ley de los patricios y los plebeyos y fue erigido en la fuente de todo el Derecho público y privado romano. El sistema legal instaurado por este Código y el conjunto de reglas que se desarrollaron a su alrededor era aplicado en exclusiva a los ciudadanos romanos y se conocía como el ius civile. Se inscribió sobre tablas de bronce o madera que fueron colocadas en el principal foro romano. En una primera versión, se confeccionaron diez tablas, a las que se añadieron dos más al año siguiente. Todas fueron destruidas durante el saqueo de Roma por los galos del año 390. La literatura latina posterior ha permitido que conozcamos algunas de esas leyes. Las Doce Tablas abarcaban las diferentes disciplinas del Derecho, con inclusión de los castigos previstos para algunas infracciones. Sometida a numerosas reformas, llegó a mantener su vigencia durante casi 1.000 años.

Ampliación del ámbito territorial:
La expansión por la cuenca mediterránea obligó a los romanos a elaborar un sistema legal nuevo. Cada territorio conquistado contaba con su propio sistema, por lo que se requería un cuerpo de leyes que fuese aplicable tanto a los ciudadanos romanos como al resto. Entre el 367 a.C. y el 137 d.C. el nuevo sistema se desarrolló a partir de los edictos del pretor, que definía e interpretaba la ley para los casos particulares. El pretor de los extranjeros administraba justicia en Roma, en todas las controversias donde alguna de las partes no era un ciudadano romano, y el pretor provincial establecía sus edictos en materias de interés comercial tras los edictos del pretor de los extranjeros de Roma. Durante los últimos años de la República de Roma las reglas de este nuevo sistema solían aplicarse a los conflictos entre ciudadanos romanos. Este nuevo sistema legal se conocía como el ius gentium. La ampliación de la ciudadanía romana a todos los habitantes libres del Imperio romano hizo que la distinción entre ius civile y ius gentium quedara obsoleta y la ley de la ciudad, o ius civile de Roma, se convirtiera en la ley de todo el imperio. Las diversidades provinciales fueron eliminadas por la legislación del Senado y del emperador y por la interpretación de los jurisconsultos. Como civil de ciudadanía romana reconocida San Pablo viajó a Roma para ser juzgado.

Eminentes juristas:
Cicerón (106-43 a.C.), jurista, filósofo y excelente prosista, fue uno de los primeros en desarrollar el principio de que hay un derecho universal común a toda la humanidad que es de categoría superior al derecho positivo. El iusnaturalismo sostiene que existen ciertos mandatos o principios que por definición pertenecen al derecho, de modo que si el derecho positivo no los consagra y sanciona no es verdadero derecho. La legitimidad de las leyes positivas dependen de su concordancia con el derecho natural.

Augusto crea el cargo de pretor, hombre de plena confianza del emperador y no sujeto a las órdenes de mandos militares. Las atribuciones del cargo variarían mucho a lo largo del tiempo. Fue adquiriendo progresivamente funciones legales y administrativas. Concede el Derecho a algunos eminentes juristas, de elaborar responsa, u opiniones, en los casos que se presentaban en un proceso ante los tribunales. Entre los más famosos juristas estaban Gayo, Papiniano, Julio Paulo, Modestino y Ulpiano. En su mayoría desempeñaron el cargo de praefectus praetoria, similar a un ministro de justicia del Imperio romano. Desafiando a sus predecesores, que tendían a ser técnicamente rigoristas, Papiniano acentuó su independencia de criterio y el afán por la búsqueda de soluciones equitativas. Los escritos de Papiniano eran tan respetados que fueron base fundamental de las más importantes compilaciones legislativas que impusieron los bárbaros a los romanos. En el 331 Constantino decreta que las sentencias del prefecto del pretorio no pueden ser apeladas y en tiempos de Septimio Severo se amplía esta prerrogativa a los casos civiles. El Breviario de Alarico, de los visigodos y la ley romana de los borgoñones contenían capítulos en los que recopilaban sus textos. Según Gibbon la época de mayor apogeo de la Ciencia del derecho es el período que comienza con el nacimiento de Cicerón (102 a.C.) hasta la muerte del emperador Alejandro Severo, a mediados del siglo III, que él denomina la época de oro de la jurisprudencia romana.

Compilación legal en el Medievo:
En el siglo III d.C. los decretos promulgados por los emperadores fueron adquiriendo importancia en el sistema legal romano. La primera compilación de estas leyes imperiales, el Codex Theodosianus, fue publicado por Teodosio II, soberano del Imperio bizantino, en el 438 d.C. Teodosio estudió la propuesta, que no llevó a cabo, de realizar una obra más ambiciosa, que incluyera un sumario oficial de la ley antigua como inicio de la literatura jurídica. Más tarde, Justiniano I nombró un comité de diez juristas, siendo el más famoso Triboniano, para hacer esta compilación. Los libros de leyes publicados por Justiniano eran conocidos como el Corpus Iuris Civilis y comprendían los siguientes: Institutiones (533), Digesta o Pandecta (533), Codex Constitutionum (528-529 y revisado en el 534) y Novellae (534-565). Las Institutiones de Justiniano señalaban los elementos del Derecho romano y estaban basadas en las Institutiones de Gayo. Al principio se destinaban a los estudiantes de leyes, pero al cabo de unos años se publicaron con fuerza de ley. El Digesta o Pandecta, compuesto a partir de extractos de la literatura jurídica de cuatro siglos (entre el 30 a.C. y el 300 d.C.), era una colección de decisiones de los tribunales con comentarios de varias leyes. El Novellae era una colección de las leyes promulgadas por Justiniano y sus sucesores. El Codex Constitutionum revisado era una compilación de la legislación imperial hasta el 534 d.C. Los libros de leyes de Justiniano estuvieron en vigor en el Imperio bizantino hasta el final del siglo IX, momento en el que fueron condensados en un solo libro, escrito en griego, y conocido como Basilica. Este código continuó en vigor, al menos en teoría, hasta la conquista de Constantinopla (1453). En la Europa occidental, la principal fuente del Derecho romano entre los siglos VI y XI fue el Breviario de Alarico, realizado por el rey visigodo Alarico II en el 506 d.C. Hacia el 1050 finalizan las grandes invasiones. Disminuye el papel del poder público. Los cargos y tierras otorgadas refuerzan su carácter hereditario antes que beneficiario. Los feudos se otorgan revestidos de amplia autoridad e inmunidad personal. En 1088 se funda la Universidad de Bolonia, la más antigua del mundo occidental, que lleva al Derecho a una época de esplendor en Europa. Gesta su independización como ciencia jurídica de la Retórica y reintroduce preceptos y figuras del derecho romano. En el siglo XI los libros de Justiniano eran estudiados y utilizados en Lombardía y en Cataluña. En Italia, las leyes de Justiniano se divulgaban en la Escuela de Derecho de Pavía. A principios del siglo XII se emprendió un estudio más minucioso de estos textos en Bolonia. La difusión sistemática del Derecho romano se propagó desde Italia al resto de Europa a partir del siglo XII. Con el renacimiento del comercio en Europa y debido a la imposibilidad del Derecho medieval de satisfacer las necesidades de los cambios de las condiciones económicas y sociales, el Derecho romano se incorporó a los sistemas legales de muchos países de la Europa continental. (Fuente: Encarta)

► A finales del siglo XVIII Kant deja establecida la filosofía del Derecho como disciplina y pensadores dedicados al análisis de materias más abstractas se incorporan a la categoría de juristas. Se ocupan de un amplio ámbito donde se dirimen multitud de situaciones y conflictos que surgen de la vida en común en las sociedades modernas. El eminente jurista alemán Theodor Mommsen consideraba a Papiniano el mayor de los jurisconsultos romanos. Este renombrado profesor ocupó cátedras de derecho romano en Leipzig y Zúrich. Fue profesor de filosofía en Breslavia y catedrático de historia antigua en la Universidad de Berlín. Una de las condiciones que apunta Habermas para perseguir un orden político a la altura de la complejidad de las sociedades contemporáneas es la separación entre los ámbitos de la justicia y la moral.

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